Introducción
La “S” de BDS se refiere a las sanciones, y aparece intencionalmente después de la B y la D, ya que requiere la construcción de una masa crítica de poder popular para que los responsables políticos cumplan con sus obligaciones en virtud del derecho internacional e impongan medidas de rendición de cuentas para poner fin a las graves violaciones de los derechos del pueblo palestino y del derecho internacional perpetradas por Israel.
Para lograrlo, el movimiento trabaja para construir poder desde las bases hasta las cúpulas para presionar a los Estados, instituciones oficiales como los gobiernos locales y organizaciones internacionales para que pongan fin a su complicidad en los crímenes atroces y violaciones de los derechos humanos que Israel ha perpetrado sistemáticamente contra el pueblo palestino y tomen medidas significativas para la rendición de cuentas. Poner fin a esta complicidad y exigir responsabilidades, las piedras angulares de la justicia, son necesarias para desmantelar el régimen israelí de colonialismo, apartheid, ocupación militar y genocidio. Todas ellas son obligaciones legales.
Una de las principales razones por las que Israel puede violar sistemáticamente el derecho internacional y cometer crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio contra los palestinos es que otros Estados y organizaciones internacionales no cumplen con sus obligaciones en virtud del derecho internacional. Las dos obligaciones básicas incluyen no contribuir a un crimen o situación ilegal y garantizar la aplicación del derecho internacional para la rendición de cuentas. El incumplimiento de estas obligaciones constituye complicidad y socava el sistema multilateral basado en el estado de derecho internacional.
La S de BDS se inspira en las medidas coercitivas adoptadas por la ONU contra el apartheid en Sudáfrica. Estas medidas se consideran el paradigma más ético, legal y eficaz para la rendición de cuentas. Trabajamos para presionar a los gobiernos para que impongan sanciones legales, proporcionales, específicas, éticamente justificables y estratégicamente eficaces para ayudar a desmantelar el régimen israelí de colonialismo y apartheid contra los pueblos indígenas palestinos.
Los más altos órganos judiciales y legislativos de la gobernanza mundial, incluidos la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), han dejado claro que las sanciones contra el régimen de genocidio y apartheid de Israel son una obligación en virtud del derecho internacional, no una facultad discrecional. Esto incluye la imposición de un embargo militar integral, el fin de los vínculos económicos y financieros, la interrupción de la cooperación académica y de otro tipo, el cese de las relaciones diplomáticas y la expulsión de Israel de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.
Los gobiernos sí responden a la presión pública y algunos han adoptado sanciones limitadas contra Israel o medidas para garantizar que no contribuyan a sus crímenes. Imponer sanciones éticas, legales y efectivas de manera unilateral y multilateral es la obligación legal y ética más fundamental frente al apartheid y el genocidio israelíes.
El movimiento BDS ha tenido éxito a lo largo de los años en la integración del análisis jurídico del régimen de Israel como uno de colonialismo, apartheid y ocupación militar. Ha construido una enorme red intersectorial con sindicatos, así como movimientos de justicia racial, social, económica, de género y climática que representan a decenas de millones de personas en todo el mundo. Hoy en día Palestina sigue siendo una prueba de fuego importante para los derechos humanos y el sistema de derecho internacional.